ALCALDÍA LOCAL DE RAFAEL URIBE Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

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Desde este 26 de febrero y hasta el 20 de marzo de 2018 estarán abiertas las inscriciones para los candidatos que deseen ser parte del Consejo Local de Protección y Bienestar Animal de Rafael Uribe Uribe. 

Las personas interesadas en postularse deberán entregar los documentos en la oficina de ambiente ubicada en el segundo piso de la Alcaldía Local (Calle 32 Sur # 23-62) en horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. con los siguientes documentos: Cédula de ciudadanía, certificado de residencia o cámara de comercio en caso se parte de una vetrinaria o fundación y carta de deegación de la organización que representa.

Funciones:

El consejo Local de Protección y Bienestar Animal es un organismo de participación comunitaria y de control social en la localidad estará sustentado en:
a) Realizar un inventario del estado del arte de la salubridad y sanidad de la fauna,
tanto silvestre como domestica de la localidad.
B) Trazar estrategias con fundamento en la información estadística recopilada para laprotección, el bienestar y la conservación animal al interior de la localidad de Rafael Uribe Uribe.
c) Establecer diagnósticos con las personas directamente vinculadas con la fauna silvestre y doméstica, como veterinarios, propietarios, cuidadores y usufructuarios del trabajo animal, para la convivencia ciudadana en torno a la protección, bienestar y conservación de la fauna de la localidad.
d) Coordinar las instancias pertinentes de tipo público, privado y comunitario de la localidad en pro del impulso e implementación de las estrategias, lineamientos y/o políticas públicas de protección y bienestar animal.
e) Ejercer el seguimiento de la gestión pública para la protección y bienestar animal en la localidad de Rafael Uribe Uribe.
f) Promover la participación y la deliberación ciudadana para la construcción de estrategias y programas para la protección y bienestar animal.

Conformación:

De acuerdo con el Decreto 012 de 2017 el Consejo Local de Protección y Bienestar Animal estará conformado de la siguiente manera:

a) El (La) Alcalde (sa) o su delegado, quien lo presidirá y quien lo convocará.
b) Un (1) delegado del Hospital Rafael Uribe Uribe.
c) Un (1) delegado de la Secretaría Distrital de Ambiente.
d) Un (1) delegado de la Junta Administradora Local.
e) Un (1) delegado de las fundaciones defensoras de animales con domicilio en la localidad, que tengan un periodo mínimo de un año de conformación y debidamente inscritas ante Cámara de Comercio.
f) Un (1) Representante de los colectivos animalistas de la Localidad.
g) Un (1) Representante de los centros de atención veterinaria de la Localidad.
h) Un (1) Representante de los estudiantes de los colegios de la localidad.
i) Un (1) Representante de los estudiantes de las universidades con presencia en la localidad.
J) Un (1) Delegado del Instituto de Protección y Bienestar Animal.
 
En el paràgrafo 1 del Decreto 012 se establece que: Los miembros del Consejo descritos en los puntos (e), (f) y (g) del presente artículo, serán elegidos en Asamblea de Conformación del Consejo Consultivo Local para la Protección y el Bienestar Animal. Cada persona u organización que participe en la asamblea, deberá avalarse como parte de uno de los sectores descritos. La elección se llevará a cabo de forma democrática y autónoma al interior de cada uno de los sectores.

Descarga aquí el Decreto Local 012 de 2017 de conformación del Consejo Local de Protección y Bienestar Animal de Rafael Uribe Uribe