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Alcaldía de Rafael Uribe Uribe visita las Unidades de Protección Integral del IDIPRON

Por: webmasterlocal
Publicado el: Agosto 2021

Un promedio de 175 jóvenes de nuestra localidad, son beneficiados con la oferta académica del IDIPRON, en las unidades de protección que funcionan en Molinos y Santa Lucía en RUU.

Los jóvenes entre los 14 y 28 años reciben atención integral a través de programas académicos para la secundaria y formación técnica en serigrafía, gestión social y contable, mantenimiento de computadores. También talleres de telares y belleza. 

El IDIPRON continúan con la tarea de implementar prácticas pedagógicas innovadoras para el desarrollo de capacidades, talentos y oportunidades productivas para nuestros jóvenes buscando su protección y  garantía de derechos. 

 

¿Que son y que hacen los Externados de IDIPRON?

El ingreso a Externados de IDIPRON es ofertado a través de la asistencia a Unidades de Protección Integral destinadas para este fin. Estas Unidades trabajan articuladamente con los equipos de territorio, ya que ambos responden y se nutren de la realidad y dinámicas de las localidades en las que se encuentran inmersos. Estas Unidades de Protección Integral (UPIS), ofrecen un mayor nivel de protección a los Adolescentes y Jóvenes cuando en su territorio no se puede realizar el restablecimiento de derechos, ya sea parcial o total, o cuando se presentan riesgos que amenazan los procesos de los mismos.

El Externado ofrece una mayor intensidad en la formación educativa, en desarrollo de competencias y potencialidades, y/o en habilidades sociales de la población. Por medio de estas Unidades de Protección Integral, los Adolescentes y Jóvenes tienen la oportunidad de recibir un seguimiento más cercano, con mayor tiempo involucrado en las áreas transversales, realizando actividades en las que pueden interactuar con otros Adolescentes y Jóvenes, incluso con aquellos que en condiciones normales tenderían a evitar por diversas fricciones.

En este sentido, las UPIS apuntan a ser un entorno seguro y neutral, donde es posible romper dinámicas de tensión que ellos viven en sus territorios y en las que pueden desarrollar actividades que ellos mismos pueden proponer.

Requisitos

IDIPRON debe asegurarse de que los Jóvenes y Adolescentes que quieran acceder a esta modalidad de atención cuenta con la mayoría de las siguientes condiciones:

-Tener entre los 14 años cumplidos y los 28 años y 11 meses de edad de edad.

-Encontrarse en situación de fragilidad social, estar en riesgo de habitar calle o ser habitante permanente en calle

-Habitar en la ciudad de Bogotá.

-Estar en riesgo de explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes – ESCNNA.

-No estar como estudiante activo en un colegio y tener una edad superior al grado que debería estar cursando (Deserción Escolar y/o Extraedad).

-No tener medidas privativas de la libertad.

-Tener sanciones judiciales tales como amonestación, imposición de reglas de conducta, prestación de servicios a la comunidad, libertad asistida e internación en medio semi-cerrado.

-No recibir acciones de restablecimiento de derechos o beneficios de otras instituciones.

De acuerdo con la misionalidad de la Entidad, la información de cada Adolescente o Joven que se postule Externados es analizada individualmente. En caso de realizarse el ingreso se inicia proceso de restablecimiento de derechos dependiendo del caso específico de vulneración de cada Adolescente o Joven.

Tenga en cuenta

A- EL INGRESO A ESTE SERVICIO ES GRATUITO

B- El Ingreso a Unidades de Protección Integral atención en Externado tiene para su ingreso dos (2) modalidades:

1- A través del equipo territorial el cual identifica, sensibiliza y remite los Adolescentes y Jóvenes a la Unidad de Protección Integral próxima a su territorio.

2- Presencial dirigiéndose directamente a la Unidad de Protección Integral La 15, en donde se recibe y es analizada la situación del Adolescente o Joven para determinar si se realiza el ingreso de forma inmediata o es necesaria una visita del equipo sicosocial para determinar la atención.

Soporte Jurídico

- Acuerdo 002 de 2009

- Art. 5. Decreto 897 de 1995

- Ley 622 de 2013

- Ley 1098 de 2006

- Acuerdo 257 de 2006.

- Acuerdo 80 de 1967