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Abren convocatoria para el proceso eleccionario de representantes locales de discapacidad en la Alcaldía Local Rafael Uribe Uribe

Por: webmasterlocal
Publicado el: Mayo 2025

Del 12 de mayo al 1 de agosto de 2025, la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe recibirá inscripciones para el proceso eleccionario que busca elegir representantes locales del sector discapacidad. Esta iniciativa tiene como objetivo fortalecer la participación ciudadana, optimizar recursos y promover el liderazgo de personas con discapacidad en proyectos que impulsen su inclusión y calidad de vida.
 
A continuación, encontrarás toda la información necesaria sobre los requisitos y documentos para participar en esta convocatoria:
 

  • Tener mínimo 14 años, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 1622 de 2013. Por lo que deberá aportar el documento de identidad.
  • Tener en el momento de la inscripción, domicilio en la localidad. Por lo que deberá presentar el certificado de residencia no mayor a 2 meses.
  • Demostrar que realiza una actividad laboral, educativa o de trabajo comunitario en la localidad, acreditada mediante certificado de la Junta de Acción Comunal o de la Alcaldía Local correspondiente. Por lo que deberá presentar certificado expedido por la  JAC o de la Alcaldía Local.
  • Presentar una propuesta de trabajo o plan a seguir en el desempeño de su cargo en beneficio del sector, propuesta que se convertirá de obligatorio cumplimiento, una vez salga electo/a. Por lo que deberá presentarse con dicha propuesta en físico o digital. Conforme al formato que establece los criterios de presentación en cual puede solicitar en la Alcaldía Local.
  • Certificado de discapacidad que acredite al sector al que busca representar. (Conforme a la resolución 1197 de 2024.)
  • En caso de que el postulante se encuentre entre los 14 – 17 años deberá presentar el consentimiento informado para participar, así como el de uso de imagen por parte de padre, madre, acudiente o cuidador que consta en el sistema electrónico de votación correspondiente. (Este formato lo suministrará la alcaldía local)
  • Presentar el formato de manifestación voluntaria de presentación de la candidatura. (Este formato lo suministrará la alcaldía local)
  • Tener el aval de una organización de personas con discapacidad según lo contemplado en Decreto 1350 de 2018.

 
Requisitos y documentos para presentar de la organización que da el aval:
 
Conforme al Decreto 1350 del 2018 - Las organizaciones del nivel local, municipal y distrital, son aquellas conformadas por personas naturales domiciliadas en una misma localidad, municipio o distrito y deben contar con un mínimo de asociados de acuerdo con el número de habitantes de los municipios. Para el caso de las localidades del Distrito Capital de Bogotá la organización debe contar con veinte (20) asociados. Las organizaciones de personas con discapacidad intelectual, múltiple y sordoceguera podrán constituirse y acreditarse bajo el carácter distrital o municipal, con un mínimo diez (10) asociados.

De acuerdo con el Decreto 1350 de 2018 las organizaciones deberán cumplir son los siguientes requisitos:

La organización deberá suministrar al candidato/a quien avala los siguientes documentos:
 

  • Acta de Asamblea o de la Junta Directiva de la organización sin ánimo de lucro, donde coste el aval o respaldo que se da a los/las candidatos/as por el sector que se pretende representar acompañada del registro de asistencia las personas asistentes a la reunión Asamblea o Junta donde se eligen o designan
  • Carta de presentación firmada por el representante legal, certificando el sector de discapacidad representado, número de afiliados/ asociados, cobertura y candidato/a postulado, según el Decreto 1350 de 2018. Con el fin de verificar la información de las personas asociadas a la organización, se debe anexar el listado de integrantes con los siguientes datos: nombres y apellidos, número de documento de identidad y datos de contacto (correo o teléfono)
  • Certificado de existencia y representación legal, con fecha de expedición no mayor a tres meses el cual debe estar actualizado y vigente al momento de la inscripción.

 
Información importante:
 

  1. Los candidatos que se postulen por la discapacidad visual, auditiva, física, múltiple, psicosocial y sordoceguera, deben ser personas con la discapacidad referida al sector que pretenden representar.
  2. En el caso específico de quien se postule como representante de las personas con discapacidad cognitiva, tiene la opción de hacerlo a nombre propio como persona con discapacidad cognitiva o como representante de organizaciones de padres, madres de personas con discapacidad cognitiva, quienes deberán tener por lo menos un hijo o un familiar con discapacidad cognitiva, dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil. Por lo anterior deberán anexar conforme a la Resolución 1197 del 2024, el certificado de discapacidad del/la representado/a por este sector.
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  4. Todo candidato/a deberá inscribirse también como votante en la plataforma VOTEC.
  • Los/as candidatos/as a los Consejos Locales de Discapacidad, no podrán ser postulados/as como representantes de más de un sector de la discapacidad y sólo se admitirá la postulación de un/a candidato/a por cada familia.
  • El postulante a candidato deberá guardar el número de inscripción que la plataforma VOTEC suministra por correo electrónico.
  • Todos los datos consignados en la plataforma VOTEC deberán pertenecer a la persona que se está registrando como candidata.
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  3. No podrán presentarse a elección como candidatos/as:
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  • Quienes en el año inmediatamente anterior hayan sido delegados/as de los/as titulares de los Despachos de alguna de las entidades que conforman los Consejos Locales de Discapacidad, según el artículo 16 del Acuerdo Distrital 505 de 2012.
  • El/la candidata(a) al Consejo Local de Discapacidad ha sido representante durante dos periodos (continuos o discontinuos) al interior del Consejo Local de Discapacidad.